Situación de las Isapres: Actualización a Febrero de 2024

 In Francisco Campos G.

En diciembre de 2022, un fallo judicial significativo ordenó la revisión de la tabla de factores, la gratuidad para los recién nacidos y la restitución de lo cobrado en exceso a los afiliados que se les aplicó indebidamente la antigua tabla.

A febrero de 2024, han existido algunos avances que te comentamos en este artículo.

  1. Demandas de Factor y rebaja de planes: En este sentido, a la fecha no hay noticias cocretas. En diciembre de 2023 se informó que el plazo para la ejecución de estas medidas se extendió por segunda vez, ahora hasta mediados de 2024, permitiendo tiempo adicional para que la Superintendencia y el Congreso establezcan la forma en que se aplicará la sentencia. Hasta ahora lo que es sabido es que una eventual devolución se hará de manera automática a los afiliados beneficiados, y se realizará a través de excedentes. Conforme las negociacios y la propuesta del comité de expertos, es altamente probable que no existan pagos en efectivo. 
  2. Alzas de Planes 2024: La Superintendencia de Salud publicó el 20 de febrero una Circular en que se informa que las Isapres podrán aumentar sus planes de salud en hasta un 7,4% este año. Las Isapres deben informar dentro de los próximos días el monto máximo del alza que aplicarán. Es altamente probable que todas anuncien un alza de justamente un 7,4%. En tanto esa alza no se confirmada, ni notificada no es posible demandar. Estamos evaluando las justificaciones de las Isapres para evaluar responsablemente la pertinencia de demandar ante esta situación. 

3. Situación de los Recién Nacidos: La sentencia especificó que para los recién nacidos y menores de dos años no debería aplicarse ningún factor, y por lo tanto, solo debería cobrarse el GES. Recientemente se ha informado que esto se hará realidad a contar del pago de la cotización correspondiente a Marzo de 2024, operando de manera automática. Por tanto, si se encuentra en esta situación no debe realizar ningún trámite. Respecto a las eventuales devoluciones no se ha informado por parte de la Superintendencia de Salud la forma ni los plazos todavía, siendo que probablemente se publicará previo al 30 de marzo de 2024.

4. ¿Es Posible Demandar para la Rebaja del Factor?:Lamentablemente, los casos ingresados desde la sentencia de diciembre de 2022 no han tenido éxito, ya que se ha señalado que se debe esperar la nueva regulación que debe dictar la Superintendencia de Salud para la implementación de la sentencia.Esto ha impedido la presentación de nuevas demandas.

Para las personas que obtuvieron una sentencia favorable ratificada por la Corte Suprema antes de diciembre de 2022, la rebaja que lograron no se ve afectada por la nueva sentencia y pueden seguir manteniendo sus planes al costo logrado con la sentencia.En los casos de las personas que tenían procesos en trámite al momento de la sentencia de diciembre de 2022, dichos procesos fueron ordenados a sujetarse a las nuevas normas y por tanto, si habían logrado una rebaja temporal producto de la rebaja de la tabla de factores, el precio volvió al valor previo antes de demandar, y deben esperar las nuevas reglas al igual que los demás afiliados que nunca han demandado.Aunque la sentencia de efecto general ordenaba que se debía aplicar la nueva tabla de factores a todos los afiliados, lo que suponía una rebaja considerable para adultos mayores y mujeres en edad fértil, las negociaciones que se están llevando a cabo en el Congreso permiten vislumbrar que esto es poco probable de concretarse ya que, para compensar la aplicación de la sentencia, se proponen alzas relevantes de precio que disminuirían considerablemente la rebaja de la tabla de factores. En el caso de adultos mayores es posible que puedan llegar a tener una disminución en los precios por ser los más afectados con el uso de la tabla de factores antigua.

5. Devolución de Fondos: La sentencia de diciembre de 2022 ordenaba restituir los fondos cobrados en exceso durante estos años. Por parte de diversos organismos se habló de montos millonarios sin mucho rigor técnico. Lo cierto es que la misma sentencia establece que dicha devolución, de existir, no sería en dinero en efectivo sino mediante excedentes, que supone el copago de prestaciones de salud.Conforme a las negociaciones que hemos referido, se ha propuesto un monto que equivale a un tercio de lo que se había comentado en la prensa, y dicha devolución podría ser pagada en un plazo de diez años mediante excedentes. De esta manera, hasta el momento no se ve viabilidad alguna de que existan devoluciones millonarias de manera general a todos los afiliados.Es importante precisar que existen casos en trámite de personas que han demandado de manera civil a sus Isapres para la restitución de fondos cobrados en exceso y han logrado sentencias favorables en primera instancia; sin embargo, esos procesos no se encuentran concluidos. Al tratarse de juicios civiles, el criterio que se aplica es diferente, ya que se cuestiona que la Isapre ha cobrado un diferencial no justificado y por tanto corresponde su devolución. Estos juicios suponen costos de tramitación que deben ser pagados por los interesados, además de los respectivos honorarios, y los tiempos de tramitación pueden alcanzar hasta 4 años.

6. Situación del GES: De manera paralela a la tabla de factores, se resolvió que el alza por la prima GES efectuada en 2022 no se encontraba debidamente justificada, por lo que se ordenó realizar una serie de nuevos cálculos para ajustar su valor, lo que supuso una rebaja de alrededor de un 35% del alza propuesta.  A contar de Diciembre de 2023 se ha comenzado a informar los nuevos precios que regirán desde el mes de enero de 2024.  Dicha sentencia también ordenó, por primera vez, ajustar todas las primas GES de los afiliados de una misma Isapre a un valor general para todos. Esto supuso que en el caso de afiliados que habían demandado previamente para evitar un incremento de prima GES en periodos anteriores y habían obtenido sentencia favorable, ahora deben pagar el mismo monto que los afiliados que nunca han demandado. Esto ha significado un incremento considerable de la prima GES para los afiliados que tenían un valor rebajado a partir de sentencias anteriores.  Esto ya se encuentra cerrado totalmente. Hemos observado supuestos abogados ofrecer demandar para apelar a esta alza, sin embargo el caso ya se encuentra totalmente cerrado y con efecto a todos los afiliados, las demandas están siendo rechazadas. 

 

 

Francisco Campos,

Abogado Director

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